jueves, 29 de enero de 2009

Y EL SUPREMO DIJO NO

Una tarde, el profesor de Canónico anunció a mis compañeras de curso que estaban dispensadas de asistir a clase al día siguiente porque la lección que tocaba era la consumación del matrimonio. Hizo aquel alarde de machismo con toda naturalidad, hasta con un punto de rancia chulería. Han pasado más de veinte años desde entonces, pero conviene recordar que en aquella época, 1986 ó 1987, llevábamos ya prácticamente una década viviendo en democracia, aunque algunos no se hubieran enterado aún.

Lo peor es que todavía hoy, hay quien sigue sin entender cuál es el modelo de Estado que diseña la Constitución de 1978. España es un Estado laico y aconfesional porque así lo quiso el pueblo español al aprobar en referéndum esa Constitución hace treinta años. Un Estado que garantiza la libertad religiosa, y por ende, el derecho de los padres a educar a sus hijos según sus creencias. La disyuntiva entre Religión y Ciudadanía es por tanto irreal; no existe porque no hay que elegir entre una y otra, y toda la polémica suscitada al efecto, por supuesto de forma interesada, es puro fuego de artificio. Cualquier padre o madre tiene asegurado que sus hijos estudien Religión Católica en un centro educativo sostenido con fondos públicos, si así lo desea. Es tan cierto esto como falso lo es que a través de Educación para la Ciudadanía se pretenda imponer una visión sesgada, parcial o partidista de la sociedad. Se trata de que los jóvenes reciban formación en los valores constitucionales, universales, que articulan las bases de nuestro modelo social de convivencia pacífica y democrática. Se trata de una materia que se imparte en los países de nuestro entorno geopolítico con plena normalidad. Una materia curricular y sobre la que no es posible en consecuencia objetar.

Por eso la sentencia de ayer no es sólo un triunfo del gobierno andaluz. Ciertamente, los socialistas de Andalucía estamos hoy muy contentos con el pronunciamento del Alto Tribunal, pero más que como socialistas, lo estamos como demócratas, como firmes defensores que hemos sido de unos valores comunes durante estos últimos treinta años. Y durante los cien anteriores.

En el tablero político, es al PP a quien le toca mover ficha ahora. La sentencia le da la oportunidad de abandonar posiciones minoritarias dentro del propio entorno de la enseñanza católica, porque no hay que olvidar que la principal patronal de la enseñanza concertada, la FERE-CECA, ha aceptado sin mayor problema la impartición de Educación para la Ciudadanía en sus colegios. El PP se ha alineado con una minoría absolutamente ultraconservadora, y no debe olvidar que es el segundo partido de este país. Algunas de las CC.AA. en las que gobierna han dado ya signos de acatar sin más estridencias la sentencia. Otras deberían plantearse acabar con el esperpento de impartir la asignatura en un idioma extranjero. Aquí, en Andalucía, ya es hora de que bajen del monte. Con su decisión, el Supremo le ha brindado al PP, a su dirección nacional en general y a la andaluza en particular, una ocasión perfecta para pasar página sobre un innecesario elemento de confrontación política que es deudo de una legislatura, la anterior, sobre la que la ciudadanía, precisamente la ciudadanía, dictó sentencia hace ya casi un año.

Derecho Canónico sigue estudiándose en las aulas de nuestras Universidades. Pero espero que ya no haya profesores de ésa ni de ninguna otra materia que excusen a las mujeres de asistir a clase sea cuál sea la lección que toque ese día.
Probablemente, si aquel mediocre profesor hubiera tenido la oportunidad de estudiar Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, habría aprendido algo de coeducación, de respeto al principio de igualdad, y su comportamiento quizá habría sido diferente aquella tarde de infausto recuerdo.

1 comentario:

ecoyelamo dijo...

Pero si todo esto no tiene sentido desde el principio. El curriculum (no el vitae) si no el conjunto de objetivos, contenidos, principios metodológicos, criterios de evaluación, etc., etc. que el estado central en un primer nivel, y el autonómico en su concreción en un sengundo es por definición (según ley) abierto y flexible. Es unos de los principios de nuestro sistema educativo. Lo que llamamos libertad de cátedra del profesor de la puerta del aula para dentro, pues la libertad de catedra del centro de la puerta del colegio para adentro.
Dejemos que las opiniones de las APAS se lleven a los consejos escolares y allí se decida la "editorial" (porque muy tristemente en este pais, quien rige al fin o al cabo los contenidos educativos son la editoriales a través de sus libros de texto) que sean los consejos escolares decía, los que decidan los contenidos que quieran abordarse o desecharse en cada centro. Concretando, lo que quiero decir con esto es que si un centro ve que el derecho a casar dos homosexuales no deba tratarse como contenido curricular porque se considera controvertido.... pues que no lo aborden. Será por contenidos y cosas que hay que aprender. Si más de la mitad de los alumnos no saben ni quien escribió el Quijote. Y si no prueben a hacer esta pregunta a un escolar que tengan ahora mismo en casa.